OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS
El REGLAMENTO (UE) 2021/382 de 3 de Marzo establece de forma obligatoria:
- Conocer las funciones y responsabilidades de cada persona implicada en la producción y distribución de los alimentos seguros y aplicarlas con rigor.
- Formación constante y adecuada de su personal mediante planes de formación periódica.
- Verificación periódica de la eficacia del sistema de seguridad alimentaria.
- Mantenimiento de los planes y los registros debidamente actualizados.
- La observación continua de los requisitos reglamentarios (contemplando no sólo los cambios internos, sino los cambios normativos).
- Fomento de la mejora continua del sistema atendiendo al estado de la técnica y a los avances tecnológicos que puedan producirse.
- Emplear los recursos necesarios para la manipulación segura de los alimentos.
SANCIONES
La consecuencia de NO CUMPLIR con las OBLIGACIONES LEGALES anteriormente resumidas es peligrosa puesto que la empresa estará incumpliendo la normativa española de seguridad alimentaria, y puede conllevar una sanción económica según gravedad:
- Sanción leve: De 300€ a 3.000€.
- Sanción grave: De 3.001€ a 60.000€
- Sanción muy grave: De 60.001€ a 600.000€ y/o cierre temporal de 5 años.
SOLUCIÓN
Para conseguir el cumplimiento del nuevo requisito legal de la cultura de seguridad alimentaria, puedes contar con mis servicios y te ayudaré en:
- Realizar Análisis de la situación actual en la empresa.
- Identificar acciones prioritarias para la mejora de la cultura de seguridad alimentaria.
- Certificar su “buen hacer” y la calidad de sus procesos.
- Formación de los trabajadores en seguridad y cultura alimentaria.