Seguros deducibles para ahorro de impuestos

¿Qué seguros puedo deducirme del pago de impuestos?

En este Blog queremos que conozcas los seguros que puedes deducirte para ahorrar en el pago de impuestos.

Vamos a analizar uno por uno para solucionar todas las dudas:

Seguro de enfermedad y asistencia médica

El seguro de enfermedad, aunque no está directamente ligado a la actividad económica, pertenece a ese tipo de gastos que la Ley de IRPF (artículo 30.2.5ª)  permite deducir, no solo las primas satisfechas por el autónomo sino también las del cónyuge e hijos que convivan con él siempre que estos últimos sean menores de 25 años.

La deducción del seguro de enfermedad alcanza un límite de 500 euros anuales por persona y 1.500 por persona con discapacidad reconocida y se aplica en forma de reducción sobre la base imponible.

Si ya conoces los incentivos fiscales de este tipo de seguro y aún no cuentas con protección en caso de enfermedad puedes consultarnos.

Seguro de vida y baja laboral

En la actualidad, tras la última reforma fiscal, los autónomos pueden deducirse en su Renta el seguro de Vida en sus coberturas de fallecimiento, invalidez permanente e incapacidad temporal.

Puedes desgravarte un máximo de 500 euros anuales de las primas pagadas. Dentro de ese cómputo se incluye también el seguro de Salud.

Seguro de accidentes

Si eres autónomo y tienes un vehículo como herramienta indispensable de trabajo es casi obligado contratar un seguro de accidentes para cubrirte a ti y a tus empleados si los tuvieras. Este gasto también es deducible en la declaración de la Renta.

Seguro de hogar

Es común que los profesionales conviertan su casa en su despacho profesional. En este sentido, es posible desgravarse una parte proporcional del seguro de Hogar.

Como ejemplo, en una casa de 100 metros donde el despacho ocupa 10 metros (un 10% del hogar) se podría deducir ese porcentaje del seguro.

Si forma parte del pago del préstamo hipotecario de la vivienda con derecho a deducción siempre que la adquisición de la misma sea anterior al 1 de enero de 2013; en tal caso las cantidades invertidas con derecho a deducción, como Rendimiento de Capital Inmobiliario, tienen un límite de 9.040 euros.

Seguro de comercio

Si desarrollas la actividad en una oficina o un local comercial de tu propiedad o alquilado puedes deducirte en su totalidad el seguro que cubre tanto el continente como el contenido. En el caso de local arrendado protegerías el contenido y la prima también sería deducible al 100%

Seguro de Responsabilidad Civil Profesional

Este seguro, indispensable para proteger al autónomo frente a posibles incidencias con terceros, es también un gasto deducible íntegramente en el IRPF anual siempre que las coberturas de la póliza estén destinadas a las eventualidades que puedan surgir en el desarrollo de tu actividad económica.

En línea general podrás deducirte todos los seguros vinculados a tu actividad como el seguro contra incendios, seguro de robo, seguro de daños a mercancías…

Seguro del vehículo

Solo en el caso de que el vehículo esté al 100% vinculado a la actividad económica y sea parte del patrimonio empresarial pero no particular. Bajo estas premisas sería deducible el seguro al 100%.

La ley del IRPF considera deducibles estos vehículos:

  • Mixtos destinados al transporte de mercancías.
  • Destinados a la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
  • Destinados a la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
  • Destinados a desplazamientos profesionales de representantes o agentes comerciales.
  • Destinados a ser objeto de cesión de uso con habitualidad y onerosidad.

Para cualquier otro vehículo (turismo, motocicleta…) deberás probar ante Hacienda que lo utilizas exclusivamente en tu negocio para poder deducirte el seguro y otros gastos.

Trabajador por cuenta ajena y seguro médico

Si eres trabajador por cuenta ajena y tú mismo contratas el seguro médico, no desgravará en tu IRPF.

Pero si es tu empresa quien paga el seguro, no tributará en la declaración de renta. Para ello debe cumplir las condiciones del artículo 42.2.c) de la Ley del IRPF:

  • La cobertura de enfermedad puede alcanzar al trabajador e incluso a su cónyuge y descendientes.
  • El límite de primas satisfechas por persona es 500 euros anuales. El exceso no está exento de tributación. Se considera rendimiento del trabajo en especie y se incluye en la casilla correspondiente a estos ingresos.

Ahora que ya lo sabes, comprueba si has tenido en cuenta estos seguros que desgravan en la declaración de la renta. Pueden suponer un importante ahorro fiscal.

¿Son deducibles del impuesto de sociedades los seguros de salud contratados para los trabajadores?

Los trabajadores autónomos puedes desgravarse en la declaración de la renta hasta 500€ anuales en el seguro de salud.  Ahora bien, si es la sociedad la que paga el seguro de salud y el seguro de vida del socio, ¿es deducible este costo del impuesto de sociedades?

Es importante aclarar que cuando hablamos de socio, en este caso, nos estamos refiriendo a autónomo societario. Si el socio cumple los requisitos para estar dado de alta en el régimen general, a efectos de lo que nos ocupa, es como si fuera un trabajador no socio.

Deducción del seguro de salud en el impuesto de sociedades

Si una empresa se puede deducir el seguro de salud del impuesto de sociedades depende de quién sea el beneficiario:

  • Si el beneficiario es un trabajador asalariado, la sociedad podrá deducirse la misma cantidad que se deducen los autónomos, es decir, hasta 500 euros por asegurado. El trabajador estará exento de tributación hasta ese límite, considerándose el resto una tributación en especie.
  • Si el beneficiario es un socio dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, la empresa no podrá deducirse el coste de estas primas.

Si necesita asesoramiento sobre las necesidades sobre seguros y sus ventajas fiscales puede ponerse en contacto con nosotros sin compromiso.

 

 

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