Seguro de Baja Laboral (I.L.T.)

En las situaciones de incapacidad temporal, por accidente o enfermedad, muchos profesionales pueden ver reducidos sus ingresos mensuales considerablemente. El descenso de los ingresos y el mantenimiento de los gastos fijos pueden hacer que surjan dificultades para llegar a fin de mes. Para contrarrestar ese descenso de ingresos están los seguros de Baja Laboral, que facilitan un subsidio diario mientras no se puedan realizar las tareas profesionales con normalidad. Para ello otorga una prestación económica durante el periodo que dure la inactividad y que se añade a la que perciben de la Seguridad Social.

Además de sumar tranquilidad a tu vida obtendrás ventajas fiscales, porque los seguros son deducibles hasta 500 euros anuales.

La baja laboral

La incapacidad temporal o baja laboral es una situación en la que el ciudadano no puede realizar sus tareas y requiere asistencia sanitaria o reposo debido a una enfermedad común, profesional o a un accidente. Todos los empleados y autónomos tienen derecho a recibir un subsidio que palie, en mayor o menor medida, su falta de ingresos mientras reciba asistencia médica de la Seguridad Social y esté impedido.

El acceso a la cobertura pública se obtiene gracias a la cotización mensual a la Seguridad Social y la prestación, que se abona con una periodicidad mensual, varía dependiendo de la base reguladora del trabajador en cuestión. La cuantía que se recibe se obtiene aplicando porcentajes a la base reguladora. Así, en el caso de que se trate de una enfermedad común o no laboral, obtienen el 60% desde el día cuarto al vigésimo de la baja y el 75% a partir del día 21. Mientras que si es como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional el porcentaje es desde el primer día del 75%.

Función del seguro de Baja Laboral

El seguro de Baja Laboral compensa los ingresos que se dejan de obtener a causa de una incapacidad temporal. Con esta póliza el trabajador recibe la prestación de la Seguridad Social y el subsidio del seguro. Ambos son perfectamente compatibles ya que la función de este último es precisamente completar el primero.

Tipos de pólizas

Existen varias opciones a la hora de contratar una póliza privada de este tipo, por lo que para elegir el adecuado es necesario tener en cuenta qué cubren y en qué circunstancias. Cada profesional es distinto, y sus necesidades y obligaciones económicas también. En general, se puede optar por un seguro de Baja Laboral baremado o no baremado, elegir uno u otro dependerá del perfil del trabajador, y la prima suele ser más elevada en el caso del no baremado.

Seguro de Baja Laboral sin baremo

Conceden una cantidad de dinero fija durante cada día en el que el trabajador esté inactivo como consecuencia de un accidente o enfermedad. Con ellas el asegurado decide en el momento de suscribir la póliza cuál quiere que sea la cantidad de subsidio diario que quiere recibir, y a partir de ahí se calcula la prima que deberá abonar.

Seguro de Baja Laboral con baremo

Se indemniza según indica un baremo fijo. Este documento depende de cada compañía aseguradora y se adjunta a la póliza, en él se indican los días correspondientes a indemnizar en función de la causa que ha provocado la baja, independientemente de los días que el trabajador esté en esa situación.

El asegurado decide al contratar el seguro la indemnización que quiere recibir por cada día de baja, pero el número de días viene estipulado por el baremo.

Carencias

El seguro de Baja Laboral cuenta con carencias. El periodo de carencia es el tiempo que debe transcurrir entre la contratación de la póliza y el momento en el que el asegurado puede comenzar a disfrutar de sus coberturas. Este tiempo varía dependiendo de la aseguradora, pero sobre todo de la enfermedad que provoque la incapacidad y de si es un producto baremado o no.

Franquicias

La franquicia es el número de días desde la fecha del siniestro indemnizable en los que ya hay baja médica pero el asegurador no paga indemnización. Este periodo se fija en las condiciones de la póliza y cuanto mayor sea menor será la prima. Para calcular el subsidio es necesario restar a los días de baja la franquicia. Así, si el tiempo está fijado en 15 días pero el asegurado tiene una franquicia de 5 sólo percibirá indemnización por 10 días.

 

Si necesitas ampliar la información o conocer el importe por el cual dormirás tranquilo cada día ponte en contacto con nosotros.

 

 

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